Asesoramiento en el ingreso de MUESTRAS SVC «Sin Valor Comercial»

Teniendo en consideración que el Régimen de Muestras para importación establece un límite de usd 100 CFR para que la DGA asuma la destinación de importación que presentamos como una Muestra Sin Valor Comercial, debemos asimismo (en las operaciones que ingreso mercaderías para evaluación o testeo de mercado o de proveedores) considerar lo siguiente:

La factura del proveedor debe indicar claramente la leyenda «Muestra sin Valor Comercial – Precio al sólo efecto aduanero)

Como indicamos más arriba, el valor no debe superar los uds 100

La cantidad de mercadería a ingresar, debe condecirse con una cantidad «normal» de artículos. No podremos declarar una «muestra» de 10 pares de zapatillas.

La DGA se reserva la desición de inutilizar las mercaderías a través del método que considere necesario.

LE RECOMENDAMOS QUE NO DEJE DE CONSULTARNOS CUANDO ESTÉ EN POSICIÓN DE SOLICITAR MUESTRAS, CUALQIERA SEA SU TIPO.

GCS Comercial – Despachantes de Aduana

 

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